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ANIVERSARIO NÚMERO CIEN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

“LA IDEA DE LA CONSTITUCIÓN ES MUCHO

MÁS ANTIGUA QUE SU CONCEPTO”.

 

MANUEL ARAGÓN REYES

 

La celebración que nos convoca a estar hoy aquí reunidos es de gran importancia para todos los mexicanos, porque se trata de conmemorar la expedición de la Norma Suprema que rige nuestra organización sociopolítica.

La Constitución es el espacio donde confluye la democracia y el derecho, de ahí su trascendencia, porque actualmente todo Estado tiene el deber ineludible de ceñir los actos del poder al respeto de las normas, primordialmente a la Constitución.

Ya desde 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, aparte de definir los derechos que son naturales e imprescriptibles tales como la libertad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión, la igualdad ante la ley y la justicia, se ocupa de prever los elementos característicos que definen el contenido constitucional, disponiendo en su artículo 16 que “todo estado en el que no estén garantizados los derechos humanos ni determinada la separación de poderes carece de Constitución.”

En ese sentido, el constituyente mexicano desde el Congreso de Apatzingán respetó este contenido esencial de la norma fundamental, mismo que se fue ampliando de manera progresiva, porque las diversas Constituciones fueron producto de las luchas de independencia hasta la revolución, de manera que el diseño constitucional respondió a las ideologías prevalecientes en las diversas etapas de nuestra historia nacional, reflejando así la transición de la monarquía a la república, del centralismo al federalismo, y del confesionalismo al laicismo.

Así, nuestras Normas Supremas iniciaron con el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana también conocida como Constitución de Apatzingán de 1814; después surgieron el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana y la Constitución Federal, ambas de 1824; se continuó con las dos constituciones centralistas que fueron las Siete Leyes de 1836 y las Bases Orgánicas de la República Mexicana de 1843; siguiendo el Acta Constitucional y de Reformas de 1847, la Constitución Federal de 1857 y finalmente la vigente que es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, de la cual hoy estamos conmemorando su aniversario número noventa y nueve.

El proceso de creación de esta última Constitución dio inicio con la Convocatoria del Congreso Constituyente publicada el 19 de septiembre de 1916, con motivo delo cual se celebró en Querétaro el Periodo Único de Sesiones del Congreso Constituyente, entre el 1º de diciembre de ese mismo año y el 31 de enero de 1917, mismo que fue presidido por el Diputado Luis Manuel Rojas, y que culmina con la promulgación,el 5 de febrero de 1917,del Bando Solemne que dio a conocernuestra Norma Suprema, la cual se caracterizó desde su origen por plasmar –incluso- derechos de naturaleza social, además de que continuó con los rasgos característicos de la del 57, al establecer también un sistema federal, la separación de Poderes, la no reelección, un Poder Legislativo, sólo que con dos Cámaras, y la diferencia principal es que dio atribuciones excesivas al Poder Ejecutivo.

Y del inmenso ánimo o incluso hasta vale decir ilusión con la que fue creada esta Constitución, son fiel testimonio las palabras del Diputado Rojas en su calidad de Presidente de dicho Congreso Constituyente quien emotivamente señaló “…si hemos cometido algún error en la ejecución de esa obra grandiosa, a que con tanto empeño y cariño nos hemos consagrados todos los miembros de este Congreso Constituyente, o si en algo hubo exceso o defecto de que pueda hacérsenos responsables de pronto por los intereses lastimados o por las opiniones reinantes contradichas, la historia, siempre justiciera, nos absolverá de todo cargo, en vista de la nobleza de nuestras miras en favor de los desvalidos y de la sinceridad de nuestras convicciones sobre los grandes problemas sociales, pues en todo nos ha guiado la idea de hacer grande y feliz a la República Mexicana...”

Nuestra Constitución, es pues, prueba fehaciente de la consolidación de un valioso proyecto que es el Estado social de Derecho, ha sido objeto de muchas reformas, y el documento actual se conforma con 136 artículos permanentes, divididos en 9 Títulos: el Primero se ocupa “De los Derechos Humanos y sus  Garantías”, el Segundo trata “De la soberanía nacional y de la forma de gobierno”, el Tercero desglosa el tema “De la división de poderes”, el Cuarto habla “De las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción y patrimonial del estado”, el Quinto desarrolla el articulado “De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México”, el Sexto es sobre el tema“Del trabajo y la previsión social”, el Séptimo contiene “Prevenciones generales”, el Octavo se denomina “De las reformas a la Constitución” y el Noveno atiende el tópico “De la inviolabilidad de la Constitución”.

El aniversario noventa y nueve que hoy nos congregainvita a una reflexión sobre la longevidad de la Constitución, demostrando por una parte la deseable estabilidad de las instituciones, pero por otro que ha habido el interés y la voluntad política por modernizarla y rediseñar el equilibrio de poderes, para romper con la hegemonía prevaleciente hasta hace algunos años, resaltando el hecho de que la construcción y actualización de la misma ha sido producto de consensos y deliberación democrática, ya que sin duda no es el mismo documento que el original, las reformas son evidentes y necesarias porque tampoco es idéntico el escenario político imperante ni la dinámica social que ha de regir.

Entre las reformas constitucionales efectuadas destaca la realizada en el año 2011, en virtud de la cual se hace una reconfiguración profunda en la concepción, interpretación y aplicación de los derechos humanos en México, que no sólo conllevó dejar atrás el término de garantía individual, sino que se introduce la interpretación conforme, al señalar que todas las normas relativas a derechos humanos (del rango jerárquico que sea) se deberán interpretar a la luz de la propia Constitución y de los tratados internacionales, de manera que ahora contamos con un bloque de constitucionalidad y además se incorpora el principio pro persona para que cuando existan distintas interpretaciones posibles de una norma jurídica, se elija la que mejor proteja al derecho humano.

Y para todas las autoridades de los diversos niveles de Gobierno, introduce esta misma reforma el deber contenido en el párrafo tercero del artículo primero, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Sin embargo, a pesar de los avances y transformaciones normativas, no podemos considerar que todo lo hemos logrado, es importante hacer una remembranza del pasado, pero más importante aún es reflexionar y dialogar sobre nuestra perspectiva institucional y legal, ya que el constitucionalismo mexicano tiene ante sí un gran reto: hace falta trabajar mucho en el fortalecimiento de la cultura constitucional.

Efectivamente, aún tenemos grandes retos, tanto el Gobierno como la propia sociedad, para que juntos logremos que no sólo la norma suprema sea la que imponga límites y sanciones para respetar los derechos humanos, sino más aún que tengamos plena consciencia que cada acto de autoridad requiere la obligación de conducirnos respetando la legalidad, y con ello le generemos certeza y confianza a la ciudadanía al asegurarles a las personas la protección más amplía que sea posible, hasta alcanzar ese fin de una verdadera tutela sistémica de los derechos humanos, tarea que no se agota con la expedición de los textos constitucionales sino que debemos construir todos día a día.

Es incuestionable que han quedado en el pasado las pugnas entre sistemas de gobierno, la época de las intervenciones extranjeras y también la lucha revolucionaria, hoy en día el reto es distinto y más complejo, se trata de configurar un sistema garantista de los derechos, que logre asegurar a todos y cada uno de los mexicanos el disfrute de un nivel más alto de dignidad, de igualdad, de justicia plena,  de seguridad y de libertad, fines que persigue la Constitución y que nosotros -desde nuestros diversos quehaceres- podemos y debemos luchar por contribuir a su realización y desarrollo pleno.